En respuesta a la escasez de profesionales cualificados en ciertos sectores, la legislación española ofrece opciones específicas para que las empresas contraten trabajadores extranjeros no comunitarios.
Hablando en un lenguaje coloquial y para que todos lo entendamos, se trata de identificar las situaciones en las que la legislación española permite a un/a empresario/a contratar a personal extranjero extracomunitario de forma legal.
Existen varias opciones legales para poder trabajar en España, pero voy a empezar por compartir las que considero son más fáciles de comprender, aquí les presento 3 opciones para reclutar talento internacional y satisfacer necesidades laborales específicas en España:
Opción 1:
Primero vamos a familiarizarnos con la terminología utilizada en la legislación española y transformar su significado en algo más terrenal:
- “Situación Nacional de Empleo”: Se refiere al estado actual del mercado laboral español. Una vez analizados los datos es posible identificar qué puestos de trabajos son difíciles de ocupar en España y en qué zonas geográficas concretas.
- “Catálogo de ocupaciones de Difícil Cobertura”: Tras el análisis de la Situación Nacional de Empleo y gracias a la información proporcionada se elabora este Catálogo que clasifica las profesiones y trabajos en los que existen vacantes que no logran cubrir las empresas con el personal residente en España.
Una vez catalogada como una ocupación de difícil cobertura se abre la posibilidad de que un empleador inicie la tramitación de la autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena dirigida a personal extranjero para cubrir ese puesto especifico.
Opción 2:
La situación nacional de empleo también permite la contratación en las ocupaciones no calificadas como de difícil cobertura.
¿Cuándo?
Cuando una empresa (su empleador) acredite ante la Oficina de Extranjería la dificultad de cubrir los puestos de trabajo vacantes con personal laboral residente en España.
Una vez presentada la oferta y tras un periodo de publicidad, la empresa sino ha logrado cubrir las vacantes requeridas, solicitará al SEPE un certificado negativo que acredite la dificultad de las ocupaciones a cubrir.
Este certificado permitirá al empresario activar la tramitación de una contratación internacional en la Oficina de Extranjería.
Opción 3:
Cuando la contratación va dirigida a nacionales de Estados con los que España ha suscrito Acuerdos Internacionales, en este caso: Chile y Perú.
Esto significa que únicamente es necesario una oferta de trabajo dirigida a un candidato de nacionalidad peruana o chilena para que se pueda iniciar la contratación, sin necesidad de que esas ocupaciones estén catalogadas como de difícil cobertura o sin que hayan tenido que pasar por el trámite de la acreditación, ya mencionada.
Ángel Galdeano Perlada.